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Socios de cooperativas de trabajo asociado titulares de autorizaciones de transporte

El Real Decreto 937/2014, de 7 de noviembre, por el que se establece un régimen transitorio para el otorgamiento de autorizaciones de transporte de mercancías por carretera para las empresas constituidas por antiguos socios de cooperativas titulares de autorizaciones de transporte, suprime el requisito de la antigüedad máxima de los vehículos para el otorgamiento de nuevas autorizaciones de transporte público cuando dichas autorizaciones sean solicitadas por personas jurídicas que acrediten que todos los socios que integran la sociedad y los vehículos para los que solicitan autorización formaban parte de una cooperativa en fecha 25 de julio de 2013 y cumplen el resto de requisitos exigidos en la Orden FOM/734/2007 de 20 de marzo.

Este Real Decreto perderá su vigencia el día 1 de mayo de 2015.