Control de insectos perforadores de pinar

Control de insectos perforadores de pinar

Campaña 2014-2015

Como consecuencia de la situación de sequía sufrida en el año 2014, se ha producido un estado de acusada debilidad de la vegetación forestal en gran parte de la Comunitat Valenciana, lo que ha generado, por una parte, la muerte de arbolado de manera directa y, por otra, la proliferación de plagas oportunistas. Entre estas plagas destacan los insectos perforadores de pinar, que aprovechan la disminución de defensas de los pinos para desarrollarse en su interior, produciendo su muerte. Estos insectos conviven en un cierto equilibrio con los árboles, pero en años de condiciones extremas pueden proliferar de manera anormal.

Para mitigar los efectos negativos de esta sequía sobre los pinares, la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente ha impulsado acciones destinadas a controlar la proliferación de escolítidos a través de una serie de medidas, tanto de caracter normativo como técnico.

  • Normativa

o    La Orden 25/2014 declara de utilidad pública el tratamiento para el control de las plagas de insectos perforadores que afectan a los pinares y establece la obligatoriedad de tomar medidas en determinados términos municipales cuyos pinares se han visto particularmente afectados.

o    A su vez, y como consecuencia del seguimiento y evaluación de daños que efectúa la Dirección General del Medio Natural, la Resolución de 10 de diciembre de 2014 amplía la relación de términos municipales afectados por la Orden 25/2014.

o    Listado actualizado de términos municipales en los que es obligatorio tomar medidas de control de perforadores de la madera del pino.

  • Tratamientos de control

Los pinos con insectos en su interior deben cortarse y descortezarse o eliminar sus restos. Para más detalle, puede consultarse el folleto "Mitigación de daños causados por la sequía: control de perforadores de la madera del pino".

  • Cortas de pinos por particulares

Aquellos propietarios particulares de los municipios incluidos en la Orden 25/2014 y cuyos focos de plaga se considere prioritario su control, no precisan autorización para cortar los pinos muertos o afectados por la plaga, pero deben entregar previamente el impreso de comunicación en el ayuntamiento correspondiente.

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